Cuál formato debo diligenciar en mi declaración?

Dependiendo de la clasificación de cada persona es necesario validar cual es el formato correcto en el cual debe diligenciar la declaración.

Para esto se debe tener en cuenta que la reforma tributaria ley 1819 de 2016 empieza a regir para la renta del año 2017 que se presentará en 2018 por lo tanto para esta declaración continua vigente la clasificación de la reforma anterior ley 1607 del año 2012 , la cual clasifica a las personas naturales de la siguiente forma:

Empleados


  • 80% o mas de sus ingresos provienen de la relación laboral o legal y reglamentaria
  • 80% o mas de sus ingresos provienen de la prestación de servicios de profesiones liberales
  • 80% o mas de sus ingresos provienen de la prestación de servicios sin el uso de maquinaria o insumos especializados.

Formulario 210 Renta Ordinaria para no obligados a llevar contabilidad y 230 IMAS para empleados es obligatorio hacer el cálculo del IMAS y se debe declarar el valor que sea mayor entre la renta ordinaria y el IMAS.

Trabajador por cuenta propia 


  • 80% o mas de sus ingresos provienen e la realización de solo una de las actividades económicas señaladas en el artículo 340 del estatuto tributario:
Actividad Para RGA desde IMAS
Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento 4.057 UVT 1,77% * (RGA en UVT – 4.057)
Agropecuario, silvicultura y pesca 7.143 UVT 1,23% * (RGA en UVT – 7.143)
Comercio al por mayor 4.057 UVT 0,82% * (RGA en UVT – 4.057)
Comercio al por menor 5.409 UVT 0,82% * (RGA en UVT – 5.409)
Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos 4.549 UVT 0,95% * (RGA en UVT – 4.549)
Construcción 2.090 UVT 2,17% * (RGA en UVT – 2.090)
Electricidad, gas y vapor 3.934 UVT 2,97% * (RGA en UVT – 3.934)
Fabricación de productos minerales y otros 4.795 UVT 2,18% * (RGA en UVT - 4.795)
Fabricación de sustancias químicas 4.549 UVT 2,77% * (RGA en UVT - 4.549)
Industria de la madera, corcho y papel 4.549 UVT 2,3% * (RGA en UVT - 4.549)
Manufactura alimentos 4.549 UVT 1,13% * (RGA en UVT - 4.549)
Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero 4.303 UVT 2,93% * (RGA en UVT - 4.303)
Minería 4.057 UVT 4,96% * (RGA en UVT - 4.057)
Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones 4.795 UVT 2,79% * (RGA en UVT – 4.795)
Servicios de hoteles, restaurantes y similares 3.934 UVT 1,55% * (RGA en UVT – 3.934)
Servicios financieros 1.844 UVT 6,4% * (RGA en UVT – 1.844)

Formulario 110 (renta ordinaria para obligados a llevar contabilidad ) 210Formulario 210 Renta Ordinaria para no obligados a llevar contabilidad  y formulario 240 (IMAS para Trabajadores por cuenta  propia) es voluntario y debe tener en cuenta los topes.


Otras Personas naturales


Las que no están clasificadas anteriormente los pueden diligenciar el formulario 210 si no esta obligado a llevvar contabilidad o el 110 si esta obligado a llevar contabilidad.



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