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Retenciones en facturas con AIU

¿Cual es la base para practicar retenciones en la fuente en los contratos con AIU? Conforme al artículo 462-1 del estatuto tributario deberá aplicarse una base gravable especial a los siguientes servicios Aseo. Vigilancia. Prestados por cooperativas de trabajo asociado. Para estos casos la base gravable será el mismo valor de la Utilidad el cual no podrá ser superior al 10% del valor del contrato tanto para el IVA como para la retención en la fuente por Renta y por ICA. Para los contratos de construcción la base gravable del AIU aplicaría solamente para efectos del Impuesto de ICA las demás retenciones se calcularán tomando en cuenta el valor total de la factura antes de IVA.

¿Se debe practicar retención en la fuente a las empresas acogidas a la ley 1429 luego de la entrada en vigencia de la ley 1819?

TEMA:                   Retención en la fuente de Renta   DESCRIPTORES:                   retención en la fuente   FUENTES FORMALES:      ARTICULO 100 376 LEY 1819 DE 2016 383 384 ET ley 1429 2010   PROBLEMA:  ¿Se debe practicar retención en la fuente a las empresas acogidas a la ley 1429 luego de la entrada en vigencia de la ley 1819?   TESIS:  Si, por cuanto el artículo 376 de la ley 1819 de 2016 Derogó el artículo 4 de la ley 1429 el cual establecía el beneficio   INTERPRETACIÓN: Teniendo en cuenta la entrada en vigencia de la ley 1819 de 2016 la cual en el artículo 100 establece la tarifa general para las personas jurídicas y establece las reglas que deben seguir las entidades que se acogieron a los beneficios de la ley 1429 además en el artículo 376 Vigencia y derogatorias deroga el artículo 4 de la ley 1429 el cual en el parágrafo 2 establecía el beneficio de no practicarle retención en la fuente durante los primeros 5 años de creación de la empresa. Por lo anterior i