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Estatuto tributario

Estatuto tributario Título Preliminar Art. 1- Origen de la obligación tributaria sustancial.  La obligación tributaria sustancial se origina al realizarse el presupuesto o los presupuestos previstos en la ley como generadores del impuesto y ella tiene por objeto el pago del tributo. Art. 2- Contribuyentes.  Son contribuyentes o responsables directos del pago del tributo, los sujetos respecto de quienes se realiza el hecho generador de la obligación tributaria sustancial. Art. 3- Responsables.  Son responsables para efectos del impuesto de timbre, las personas que, sin tener el carácter de contribuyentes, deben cumplir obligaciones de éstos por disposición expresa de la ley. Art. 4- Sinónimos.  Para fines del impuesto sobre las ventas se consideran sinónimos los términos contribuyente y responsable.

IVA en adquisición de activos fijos

Tipo de impuesto: IVA  Fuentes Formales: Art 122 L 1943/2018  Art 485, 488 Estatuto tributario  Concepto 0853 del 5 de abril de 219  Concepto 1106 2 mayo 2019  Concepto 0941 14 de mayo de 2019  ¿Se debe manejar como IVA descontable el IVA pagado en la compra de activos fijos? Teniendo en cuenta que el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018, derogó el artículo 491 del Estatuto Tributario que establecía la restricción de tomar como descontable el IVA pagado por la adquisición o importación de activos fijos nace la duda acerca de si se debe tomar o no este IVA como descontable en la respectiva declaración.  Antes de la vigencia de la citada norma, solo era posible tomar como descontable el IVA pagado en la compra de activos fijos a empresas cuyo objeto social y actividad económica sea exploración de hidrocarburos como lo indica el artículo 485-2. Ahora que el artículo 491 del E.T. se encuentra derogado, se hace necesario analizar cuando es posible optar por un IVA desc