IVA en adquisición de activos fijos

Tipo de impuesto: IVA 
Fuentes Formales: Art 122 L 1943/2018 
Art 485, 488 Estatuto tributario 
Concepto 0853 del 5 de abril de 219 
Concepto 1106 2 mayo 2019 
Concepto 0941 14 de mayo de 2019 
¿Se debe manejar como IVA descontable el IVA pagado en la compra de activos fijos?

Teniendo en cuenta que el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018, derogó el artículo 491 del Estatuto Tributario que establecía la restricción de tomar como descontable el IVA pagado por la adquisición o importación de activos fijos nace la duda acerca de si se debe tomar o no este IVA como descontable en la respectiva declaración. 

Antes de la vigencia de la citada norma, solo era posible tomar como descontable el IVA pagado en la compra de activos fijos a empresas cuyo objeto social y actividad económica sea exploración de hidrocarburos como lo indica el artículo 485-2. Ahora que el artículo 491 del E.T. se encuentra derogado, se hace necesario analizar cuando es posible optar por un IVA descontable, en este sentido se debe tener en cuenta lo contemplado en el artículo 488 del E.T., se observa que solo son descontables los impuestos originados en operaciones que constituyan costo o gasto. (he subrayado)

El artículo 488 de E.T. mencionado anteriormente “solo otorga derecho a descuento, el impuesto sobre las ventas por las adquisiciones de bienes corporales muebles y servicios, y por las importaciones que, de acuerdo con las disposiciones del impuesto de renta, resulten computables como costo o gasto de la empresa y que se destinen a operaciones gravadas con el impuesto sobre las ventas.” 

Al analizar si el IVA pagado por la compra de un activo fijo se puede descontar en es necesario desagregar si la compra de un activo fijo es computable como costo o gasto en el impuesto sobre la renta por lo que me remito al artículo 60 de E.T.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Todos los libros de NIIF para PYMES

Información Exógena Distrital Año 2018 a presentar en 2019