Reporte en Información Exógena de retenciones en la fuente dentro de un contrato de mandato inmobiliario.
Contexto:
Mandante (Dueño): Propietario del inmueble.
Mandatario (Inmobiliaria): Intermediario que administra el arrendamiento.
Arrendatario (Persona Jurídica): Quien paga el canon y practica la retención.
Problema: El Arrendatario (PJ) practicó la retención en la fuente por arrendamiento, pero emitió el certificado a nombre de la Inmobiliaria y no del Mandante. La inmobiliaria ya reportó al mandante la retención trasladada.
Pregunta: ¿A qué tercero debe reportar el Mandante en su Información Exógena (Formato 1003) como beneficiario de la retención, considerando que el certificado físico figura a nombre de la inmobiliaria y no de la PJ que realizó el pago?
Paso 1: Aplicación del Principio de Transparencia
En el contrato de mandato, los ingresos y las retenciones pertenecen al Mandante. El hecho de que el certificado esté a nombre de la inmobiliaria es un error de forma del arrendatario, pero no cambia la realidad sustancial: el dinero es del dueño.
Paso 2: Reporte del Mandatario (Inmobiliaria)
La inmobiliaria debe "trasladar" esa información en su propia exógena.
Formato 1647: La inmobiliaria reporta los ingresos recibidos para terceros y las retenciones asociadas. Aquí, ella vincula el NIT del Arrendatario (PJ) con el NIT del Mandante (Dueño). Este reporte es el que le da la "pista" a la DIAN de que esa retención cambió de manos legalmente.
Paso 3: Reporte del Mandante (Dueño)
El Mandante debe reportar la retención en su Formato 1003.
Tercero a reportar: La Persona Jurídica (Arrendatario).
Justificación: El reporte se hace sobre quien efectivamente practicó la retención (quien restó el dinero del pago). No se reporta a la inmobiliaria porque ella no es un agente retenedor en este pago, sino un puente.
Paso 4: Soporte Documental (La Certificación de Mandato)
Dado que el certificado del arrendatario tiene el NIT de la inmobiliaria, el soporte legal del Mandante para tomarse esa retención en su declaración de renta y exógena será la Certificación de la Inmobiliaria.
Según el Artículo 1.6.1.4.3 del Decreto 1625 de 2016, el mandatario debe expedir una certificación al mandante donde identifique la cuantía de los ingresos y las retenciones. Este documento reemplaza, para el mandante, el certificado original de la PJ.
Resumen de Reporte en Exógena
| ¿Quién reporta? | Formato | Tercero Reportado | ¿Qué reporta? |
| Inmobiliaria | 1647 | El Mandante | Que le trasladó la retención del Arrendatario. |
| Mandante | 1003 | El Arrendatario (PJ) | La retención que le practicaron sobre su ingreso. |
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